En clase de Fisicoquímica, la profesora nos mostró la página web del INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial). Susy nos pidió que eligiéramos un artículo que nos interesara para luego resumirlo en nuestros blogs. Yo elegí éste artículo.
¿Light, zero o reducido en grasas?
La OMS (Organización Mundial de la Salud) advirtió que en los últimos 30 años aumentó el consumo de grasas (especialmente las saturadas) y azúcares, mientras que disminuyó el consumo de fibras. Esto causó la aparición de varias enfermedades crónicas no transmisibles.
OMS afirmó que las enfermedades no transmisibles fueron la causa de la mayoría de las 56 millones de muertes anuales y casi la mitad de la carga mundial de morbilidad. en 2004 se aprobó la “Estrategia Mundial de la Organización Mundial de la Salud sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud” que alienta a los gobiernos a que promuevan la concientización del público a la hora de tomar decisiones saludables respecto a su alimentación. MERCOSUR salió con una nueva reglamentación: comenzaron a declarar de manera obligatoria las propiedades nutritivas en las etiquetas de los alimentos.
Recientemente, la Argentina dio un paso más con respecto a la reglamentación del MERCOSUR. Obliga a cualquier fabricante que opte por incluir información nutricional complementaria en sus productos a cumplir con la normativa. En nuestro país hay un 18% de obesos y un 35% de habitantes con sobrepeso. Sumado esto es más del 50% de la población. La OMS recomienda un techo de cinco gramos de sal por día en promedio, en la Argentina, según esta última encuesta, se consumen 12 gramos de sal diarios.
Hay dos opciones para realizar una declaración nutricional complementaria: informar el valor absoluto del nutriente o por comparación con el alimento de referencia. INTI, en sus laboratorios realiza muchos de los informes que les permiten a los fabricantes presentar ante organismos de control como el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) las declaraciones de propiedades nutricionales. Un especialista del INTI dice que “los consumidores tienen derecho a recibir información exacta, estandarizada y comprensible, y los gobiernos deben facilitarla y educar a los consumidores en la interpretación de la misma”.