En Educación Cívica estamos aprendiendo sobre la ciudadanía y la nacionalidad. Para entender un poco mas sobre esto el profesor, Agustin Loye, nos pidió que armáramos un árbol genealógico de nuestras familias. Teníamos que incluir hasta tatarabuelos, excluyendo tíos, tíos abuelos, etc. Este es el mío:
CIUDADANÍA
Esta definición esta asociada con la condición de haber nacido en un país o vivir en una ciudad. Ciudadano es aquel habitante que posee derechos, atribuciones, deberes y capacidad de tomar decisiones relativas al gobierno de su país.
Derecho del Lugar: en la actualidad todos los países consideran ciudadanos a los varones y mujeres que han nacido dentro de los límites de su territorio.
Derecho de Sangre: existen países en los cuales también son considerados ciudadanos los descendientes de ciudadanos nativos de un lugar, sin necesidad de residir en ese país.
Asimismo hay países donde un extranjero puede adquirir la ciudadanía si cumple ciertas condiciones que pide el país.
El caso Argentino: en nuestro país los ciudadanos pueden ser nativos por opción o naturalizados. Son Argentinos nativos los nacidos dentro del territorio nacional. Son Argentinos por opción los hijos de padres Argentinos nacidos en el exterior y que voluntariamente eligen ser Argentinos. Son ciudadanos naturalizados los extranjeros mayores de 18 años que luego de residir 2 años continuados en el país piden la ciudadanía.
Requisitos: la continuidad en la estadía, un trabajo, un domicilio, que no tenga antecedentes penales de su país de origen y tampoco de Argentina. Si ocupa un cargo público o un empleo que favorezca al país (médico, ejército, policía, etc.) y cumple con los requisitos puede obtener la ciudadanía en 6 meses.
Forma de pedir la ciudadanía: si cumplo con todos los requisitos debo presentarme ante un juzgado federal y llenar un formulario. El juez recibe la petición y ordena publicar un edicto en un diario para que si existe alguna persona que se quiera oponer, lo pueda hacer.